El 19 de marzo de 1929 se vio ante la audiencia de Barcelona el recurso de nulidad del testamento ológrafo otorgado por don Francisco Mallovira, de Palagrugell. El caso mereció una enorme atención jurídica. Básicamente lo que se dirimia era si en el momento de redactar su testamento el finado estaba loco, como defendían sus descendientes, todos desheredados, o en sus trece, como defendían sus herederos, que eran su criada y una casa de beneficiencia. El testamento no hubiese motivado esta querella si el testador no hubiese dejado otra propiedad, su alma, “a los diablos”.