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Aristòtil |
Aristóteles delimita claramente lo político de lo despótico, el déspota no es político. Esta es la principal línea de contraposición si se quiere entender qué sea política para el Estagirita, qué sea política sin más. Ésa es la razón de que cuando
Aristóteles quiera calificar un régimen de desviado, más allá de su diferencia, lo denomine sencillamente «despótico» (
Politica, 1279a). Esa línea divisoria pervivirá a lo largo de la historia de la teoría política. El mismo
Maquiavelo cuando trata de los principados evita con coherencia republicana, aristotélica, usar el término «política»; no aparece una sola vez en
El Príncipe. Algo semejante encontramos en
J. Locke, en el que aún pervive ese elemento republica-no.
Rousseau nos dirá que el despotismo nunca genera un «cuerpo político» sino tan sólo una «agregación»; no existe lo primero sin acuerdo voluntario.
Kant sólo distinguirá dos tipos de gobierno: república o despotismo.
Todos los regímenes despóticos (tiranía, oligarquía; y en la particular visión que
Aristóteles tenía de la
demokratía, que algunos prefieren traducir por «demagogia», también éste quedaba incluido) no son propiamente «políticos». ¿Qué sucede con otros regímenes como la monarquía y la aristocracia, de los que no cabe decir sean despóticos toda vez que en ellos impera el interés común? Pues lo único que cabe decir es que no son plenamente políticos, sólo muy parcialmente. Se acercan a lo político en un rasgo crucial, su delimitación del despotismo, que sabemos es la línea de frontera. Pero está claro que no cumplen con características esenciales, la primera, la de ser un gobierno entre iguales. Más alejada sin duda está la monarquía, menos la aristocracia, que en alguna de sus formas puede acercarse a la república;
Aristóteles llega a hablar de «república aristocrática» (
politikón aristocratikós) (1300b, 41), y a decir que si la república se inclina hacia la oligarquía es aristocracia, pues, como sabemos, la república viene a ser una mezcla de oligarquía y democracia, y por ello puede inclinarse hacia un lado o hacia otro (1293b; 1295a).
La categoría de política es en
Aristóteles, y desde él, una categoría con una enorme carga normativa, que traza un deber ser, señala una ordenación como la mejor, basada, como es habitual en el filósofo griego, en la naturaleza de la cosa, en lo que es substancialmente la ciudad. Esa carga se difumina al usarse los térm-nos en relación con la categoría [política, político, ciudadano (
polites), etc.] en un sentido meramente descriptivo. Entonces, el nombre choca con la cosa, en tanto que hablamos de ciudadanos pasivos, de gobiernos políticos entre desiguales, de políticos con mando fijo, de violencia política, etc., es decir, de una política que no es tal. Si hay una
politeia a la que le convienen nombre y concepto ésta es la que ha solido traducirse por
república. Si «el régimen es la forma de vida de la ciudad»(1295a 40), y, como vimos, está en el ser de ella el
télos de una vida virtuosa, esa es la que el verdadero régimen habrá de encarnar; un régimen realizable, no meramente ideal, «a medida de todos los deseos», sino «al alcance de la mayoría de las ciudades» (1295a 29-31).
Aristóteles no quiso buscarle otro nombre, la llama
politeia, «recibe el nombre común a todas las formas de gobierno» (1279a, 38); es lo que corresponde al único régimen propiamente político. A esa luz es a la que hay que ver todas las oposiciones terminológicas que contemplamos en los libros que componen
Política:
basili-kon/politikón; despotikon/politikón; oi-konomikon/politikón; aristokratikós/poli-tikós, etc. La
república es la forma política por excelencia. Todo lo que a ella se le acerque o se le aleje en la misma medida le aproximará o distanciará de la perti-nencia del adjetivo.
El hecho de que
Aristóteles emplee a menudo términos pertenecientes al campo semántico de
pólis al hablar de esos regímenes no debe confundirnos. Sabida es la oscilación terminológica frecuente de los textos del sabio griego. En el caso de
Política, dada su compleja composición sobre textos de distintos momentos, continuamente reelaborados, este problema se acentúa más. (...) El término que suele traducirse por régimen, o por constitución, o por forma de gobierno, forma de vida de una sociedad, o incluso por Estado es el de
politeia. Algo parecido le ocurre a los términos latinos
res publica, o al romance
república.
Aristóteles emplea el término
politeia también para las formas despóticas o desviadas. Está claro que conceptualmente esto sería incongruente. Lo mismo sucede con los adjetivos en relación con la
politeia, que pueden tomarse en su acepción más general o en la referente a un régimen concreto, en particular. Por eso, no debe inducirnos a error el hablar indistintamente de regímenes y de su clasifica-ción, pensando que de lo que hablamos es de formas «políticas» de organización, cuando de lo que hablamos es tan sólo de formas de organización de la ciudad, formas de organización, estrictamente ha-blando,
no políticas.
Jorge Álvarez Yagüez,
La categoría de política. Aclaraciones desde la perspectiva de un clásico republicano, Isegoría nº 39, julio-diciembre 2008, pàgs. 311-333