Este artículo fue originalmente publicado por el autor en El Periódico Extremadura , el Periódico de España y el diario La Provincia.
Sobre la LOMLOE, la ley educativa que ha empezado a aplicarse este curso en las aulas, se dice de todo, la mayoría de las cosas, me temo, por ignorancia, confusión o intereses no muy claros. Se dice, sobre todo, que es otra nueva ley inventada por pedagogos alejados de lo que realmente sucede en las aulas. Veamos si esto es o no cierto.
De entrada, la LOMLOE no es una ley sustantivamente nueva, sino (como su propio nombre indica) una actualización de leyes anteriores (básicamente de la LOE, que lo es a su vez de la LOGSE, que es la que sustituyó a la ley franquista de 1970). Por otro lado, que una ley sufra ajustes sucesivos, sin cambiar sus principios fundamentales, no es más que un síntoma de que los ciudadanos, como es habitual en democracia, tienen ideas parcialmente distintas sobre educación (otra cosa es la instrumentalización política de esa controversia más allá del ámbito educativo y las imposturas legislativas que esto pueda procurar).
En segundo lugar, la LOMLOE no es una nueva “ocurrencia” de los pedagogos, y esto no ya solo porque sea una actualización de leyes más que probadas, sino también porque las presuntas novedades que incorpora (el enfoque competencial de los currículos, los perfiles de salida, las situaciones de aprendizaje…) llevan años desarrollándose, tanto en las naciones de nuestro entorno como en nuestro propio país. Por lo demás, el objeto de esa incorporación es el de ajustar plenamente la ley española a recomendaciones europeas que llevan casi veinte años en vigor, inspirándose en modelos ya asentados como, entre otros, el de Portugal o Quebec. ¿Dónde están, pues, las “ocurrencias”?
En cuanto a la queja por que una ley educativa esté concebida por “pedagogos”, es decir, por expertos en educación, ¿qué cabe decir? ¿Por quién debería estar concebida si no?... La pedagogía es, sin duda, una ciencia “blanda”, imprecisa e inconsistente en algunos de sus planteamientos (como lo es, en general, cualquier otra ciencia humana), pero es lo mejor que tenemos. Y lo será mucho más, sin duda, si se combina con la experiencia práctica de los docentes. Es por esto por lo que la LOMLOE, aunque concebida en sus líneas generales por pedagogos, ha sido desarrollada de forma sistemática por cientos de maestros y profesores en activo, que han trabajado en ella durante meses, tanto en el ámbito nacional como en el de cada administración autonómica.
Visto pues que la ley es algo más que una mera ocurrencia teórica de los pedagogos, ¿qué es lo que trae de bueno dicha ley? Yo destacaría tres elementos. El primero es la adopción (estructural, y no ya retórica) del citado enfoque competencial, esto es, de la idea de que aprender X es necesariamente equivalente a aprender a hacer algo (empezando por pensar) con X. Una idea obvia, pero que dado el carácter cosmético de parte de los “aprendizajes” al uso, había que articular y traducir en términos curriculares.
El segundo elemento refiere la consagración normativa del enfoque integral de la educación, seriamente desvirtuado por la ley Wert. Una educación integral es aquella que no atiende únicamente a la faceta académico-laboral del alumnado, sino también a la cívica y personal. De ahí que el currículo LOMLOE incorpore explícitamente la educación cívica en todas las áreas y materias, añadiendo, además (aunque de forma insuficiente, todo hay que decirlo), la formación ética y filosófica necesaria para evitar que esa educación cívica degenere en adoctrinamiento ideológico. No olvidemos que de esta formación cívico-ética depende nuestra cohesión como sociedad en torno a valores e identidades comunes, inclusivas y alejadas de dogmatismos políticos, religiosos o de cualquier otro tipo.
Un tercer elemento igualmente importante que nos trae la LOMLOE es el del incremento de la autonomía de centros y docentes. De hecho, la norma se ha concebido, entre otras cosas, para prestar cobertura legal a prácticas educativas que, por su dimensión innovadora, no podían aplicarse hasta ahora “con todas las de la ley”. Es extraño, por ello, el afán “ordenancista” que demuestran (y demandan) algunos en relación con su aplicación en las aulas. La LOMLOE representa un marco normativo idóneo para concebir y realizar prácticas educativamente innovadoras, contextualizadas y transformadoras, y no, en ningún caso, una máquina de generar informes y formularios con los que contabilizar, fiscalizar y tratar de uniformar hasta el último detalle el trabajo docente. Si las administraciones o algunos docentes creen esto, es que, a mi juicio, no han entendido el propósito de la ley, y hay que hacérselo saber.
Ciertamente, la tarea educativa es incompatible con dos de los peores males que suelen aquejarla (y que, además, ella misma perversamente transmite a veces): la hipertrofia retorico-legislativa y el dirigismo ciego. Pero estos males no lo serían tanto si no hubiera siempre un numeroso grupo de personas dispuestas a ser cómodamente dirigidas antes que tomarse la molestia de asumir sus propias responsabilidades.